Estados Unidos

Guía de visados e inmigración de EE. UU.

El sistema de inmigración de EE. UU. divide los visados en categorías de no inmigrante (temporales) e inmigrante (permanentes), regidas por la Immigration and Nationality Act (Ley de Inmigración y Nacionalidad). Los ciudadanos de 40 países del Visa Waiver Program (Programa de Exención de Visa) pueden visitar EE. UU. durante un máximo de 90 días sin visado si obtienen la autorización ESTA a través del portal del CBP (Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU.). El camino hacia una Green Card (estatus de residente permanente legal) está disponible por vínculos familiares, empleo, la lotería de visados de diversidad y otras categorías humanitarias.

Estados Unidos 2026-05-11

Tipos de visados y cómo elegir

Una guía completa de las categorías de visados de no inmigrante e inmigrante de EE. UU., incluidos los trayectos de turismo, estudios, trabajo y Green Card.

El sistema de visados de EE. UU.: no inmigrante vs. inmigrante

El sistema de inmigración de Estados Unidos está regido por la Immigration and Nationality Act (Ley de Inmigración y Nacionalidad, INA) y administrado por dos organismos principales: el U.S. Department of State (Departamento de Estado de EE. UU., DOS), que emite visados en el extranjero a través de su red de embajadas y consulados, y U.S. Citizenship and Immigration Services (Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU., USCIS), que resuelve peticiones y solicitudes de inmigración dentro del país. Según Recursos sobre visados del State Department, todos los visados de EE. UU. se dividen en dos grandes categorías: visados de no inmigrante, que permiten visitar Estados Unidos por períodos cortos y con fines específicos, y visados de inmigrante, que permiten mudarse a Estados Unidos de forma permanente. Comprender esta distinción fundamental es el primer paso para determinar qué categoría de visado se aplica a tu situación.

Los no inmigrantes son ciudadanos extranjeros admitidos temporalmente en Estados Unidos, en su mayoría dentro de las clases de admisión definidas en la sección 101(a)(15) de la INA. Como se documenta en el Informe anual de flujos de la Office of Immigration Statistics del DHS (Oficina de Estadísticas de Inmigración del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU.), en 2021 el DHS concedió 35 million nonimmigrant admissions to the United States, y los principales propósitos autorizados incluyen visitas temporales por negocios o placer, estudios académicos o vocacionales, empleo temporal y representación de un gobierno extranjero u organización internacional. Para calificar para la admisión con estatus de no inmigrante, por lo general la persona extranjera debe demostrar que la visita será temporal, comprometerse a salir al final de la estancia autorizada, poseer un pasaporte válido, mantener una residencia en el extranjero en la mayoría de los casos, ser admisible en Estados Unidos o contar con una exención para cualquier causa de inadmisibilidad, y aceptar cumplir los términos y condiciones de la admisión.

Las visas de inmigrante, en cambio, son para quienes pretenden vivir en Estados Unidos de forma permanente. Según la información del State Department sobre visados de inmigrante, las visas de inmigrante se basan en vínculos familiares, empleo y el programa de lotería de visados de diversidad. Los Lawful Permanent Residents (residentes permanentes legales, LPR), conocidos comúnmente como titulares de Green Card, son extranjeros legalmente autorizados a vivir de forma permanente en Estados Unidos. Los LPR pueden aceptar una oferta de empleo sin restricciones especiales, poseer bienes inmuebles, recibir asistencia financiera en colegios y universidades públicas, y unirse a las Armed Forces (Fuerzas Armadas), y pueden solicitar convertirse en ciudadanos estadounidenses si cumplen ciertos requisitos de elegibilidad, según la información del DHS sobre LPR (residentes permanentes legales).

Visados de visitante: turismo, negocios y motivos médicos

Para quienes visitan Estados Unidos temporalmente, las principales categorías de visado son la B-1 (visitante temporal por negocios) y la B-2 (visitante temporal por placer/turismo). Según los recursos sobre visados del State Department, una persona extranjera que viaje a Estados Unidos por turismo necesita un visado de visitante (B-2), salvo que califique para entrar bajo el Visa Waiver Program (Programa de Exención de Visa). El turismo se define como una visita corta por vacaciones, para visitar a familiares y amigos, o para tratamiento médico. El visado B-1 es para quienes realizan negocios temporales, como asistir a reuniones, conferencias o negociar contratos, pero no para empleo real. En el año fiscal 2021, los visitantes temporales por placer y negocios representaron conjuntamente el 76 por ciento de todas las admisiones I-94 de no inmigrante, según los datos de admisiones de no inmigrantes del DHS.

Visados de estudiante y visitante de intercambio (F-1, M-1, J-1)

Estados Unidos apoya la educación internacional y da la bienvenida a estudiantes extranjeros y visitantes de intercambio, según la información del State Department sobre visados de estudio. Hay dos categorías principales de visado de estudiante: el visado F-1 para estudiantes de no inmigrante que se matriculan en programas académicos en una universidad, college, escuela secundaria, escuela primaria privada, seminario, conservatorio u otra institución académica, incluidos los programas de inglés; y el visado M-1 para estudiantes de no inmigrante que se matriculan en programas técnicos en instituciones vocacionales u otras instituciones no académicas reconocidas, salvo los programas de formación en idiomas. Esta distinción importa porque los visados F-1 y M-1 tienen reglas diferentes sobre la autorización de trabajo y los traslados de programa, como se explica en la página de estudiantes de ICE SEVIS (Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU.). Antes de solicitar un visado de estudiante, primero deben ser aceptados por una escuela certificada por el Student and Exchange Visitor Program (SEVP, Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio) y recibir el Form I-20, "Certificate of Eligibility for Nonimmigrant Student Status" ("Certificado de elegibilidad para el estatus de estudiante no inmigrante").

El visado J-1 de visitante de intercambio es para personas autorizadas a participar en programas de intercambio basados en trabajo y estudio. Como se detalla en la documentación del formulario DS-2019 de studyinthestates.dhs.gov, las categorías de visitantes de intercambio J-1 incluyen estudiantes, aprendices, maestros, profesores e investigadores, investigadores de corta duración, especialistas, visitantes internacionales, visitantes gubernamentales, médicos extranjeros, au pairs, monitores de campamento y participantes de programas de trabajo y viaje de verano. Una disposición importante para los titulares de visado J-1 es el requisito de presencia física de dos años en el país de origen: los visitantes de intercambio cuyos programas estén financiados total o parcialmente por su gobierno o por el gobierno de EE. UU. deben residir en su país de origen durante 2 years tras completar su programa antes de poder optar al estatus de inmigrante, al estatus de trabajador temporal o al estatus de traslado dentro de la misma empresa. Los estudiantes académicos con visado J-1 pueden permanecer durante la duración de su programa de grado más 18 months adicionales de formación académica, si lo recomienda su patrocinador.

Principales categorías de visado para estudiantes y visitantes de intercambio

Tipo de visadoPropósitoDuraciónAutorización de trabajo
F-1Estudios académicos en una escuela certificada por SEVPDuración del estatus (D/S)En el campus; CPT/OPT con autorización
M-1Estudios vocacionales/técnicosDuración del estatus (D/S)Formación práctica solo después de completar el programa
J-1 (Student)Programa de intercambio educativo/culturalFecha de fin del programa + 30 daysLimitada; requiere autorización del patrocinador
J-1 (Trainee)Programa de formación basado en trabajoHasta 18 monthsAutorizada dentro del alcance del programa

Visados de trabajo: categorías de empleo temporal

Para trabajar temporalmente en Estados Unidos como no inmigrante legal, los trabajadores temporales deben calificar para la categoría de visado disponible según el propósito de empleo previsto, de acuerdo con la información del State Department sobre visados de empleo. Las categorías de visado de trabajo más comunes incluyen la H-1B para trabajadores en ocupaciones especializadas (601,594 admissions en el año fiscal 2019, que descendieron a 148,603 en 2021 debido a las restricciones por la pandemia, según los datos del DHS OIS); la H-2A para trabajadores agrícolas (442,822 en 2019, que subieron a 586,992 en 2021); la H-2B para trabajadores no agrícolas (129,126 en 2019); y la L-1 para traslados dentro de la misma empresa (698,794 en 2019). El visado O-1 está disponible para trabajadores con habilidad o logros extraordinarios (163,342 admissions en 2019). El visado TN está disponible para trabajadores profesionales canadienses y mexicanos bajo NAFTA/USMCA (725,929 admissions en 2019), y los comerciantes e inversores de tratado pueden calificar para visados E-1 o E-2 (515,672 admissions en 2019).

Categorías clave de visado temporal de trabajo

VisadoCategoríaRequisito claveLímite anual
H-1BTrabajador en ocupación especializadaTítulo universitario o equivalente en el campo especializado; se requiere petición del empleador65,000 (+20,000 para graduados de máster en EE. UU.)
H-2ATrabajador agrícola temporalEl empleador debe demostrar la falta de trabajadores estadounidenses cualificadosSin límite
H-2BTrabajador temporal no agrícolaEl empleador debe demostrar la falta de trabajadores estadounidenses cualificados66,000 por año fiscal (sujeto a suplementos)
L-1A/L-1BTraslado dentro de la misma empresa (gerente/directivo o conocimiento especializado)Debe haber trabajado para la empresa en el extranjero 1 de los últimos 3 añosSin límite
O-1Habilidad extraordinaria en ciencias, artes, educación, negocios, atletismoReconocimiento sostenido a nivel nacional o internacionalSin límite
TNProfesional canadiense/mexicano (USMCA/NAFTA)Calificar para una profesión enumerada en USMCASin límite
E-1/E-2Comerciante/inversor de tratadoNacionalidad de un país con tratado; comercio/inversión sustancialSin límite

Visados de inmigrante: vías hacia la residencia permanente

Los visados de inmigrante son la puerta de entrada para convertirse en Lawful Permanent Resident (titular de Green Card). Según la información del State Department sobre visados de inmigrante, los visados de inmigrante se basan en vínculos familiares, empleo y la lotería de visados de diversidad. Los visados de inmigrante por familia están disponibles para determinados familiares de ciudadanos estadounidenses y de residentes permanentes legales (titulares de Green Card). Los parientes inmediatos de ciudadanos estadounidenses —cónyuges, hijos solteros menores de 21, y padres de ciudadanos adultos— no están sujetos a límites numéricos anuales y pueden inmigrar en cuanto se complete la tramitación del visado. Otras categorías de preferencia basadas en la familia (hijos adultos, hermanos) están sujetas a topes numéricos anuales y pueden enfrentarse a períodos de espera de varios años, seguidos a través del Visa Bulletin mensual publicado por el State Department.

Los visados de inmigrante basados en empleo están disponibles para empleo permanente o inversión por parte de emprendedores, de acuerdo con los recursos del State Department. Las cinco categorías de preferencia (EB-1 a EB-5) abarcan trabajadores prioritarios de habilidad extraordinaria, profesionales con títulos avanzados, trabajadores cualificados, ciertos inmigrantes especiales e inversores inmigrantes. El programa Diversity Visa hace disponible un número limitado de visados cada año para personas de países con históricamente bajos índices de inmigración a Estados Unidos que cumplan requisitos estrictos de elegibilidad, incluida al menos una educación secundaria superior o dos años de experiencia laboral cualificada dentro de los últimos cinco años.

Visa Waiver Program y ESTA

Los ciudadanos o nacionales de 40 países participantes del Visa Waiver Program (VWP, Programa de Exención de Visa) pueden viajar a Estados Unidos por negocios o turismo durante estancias de hasta 90 days sin obtener un visado, según los requisitos de documentos de viaje del DHS. Sin embargo, los viajeros del VWP deben obtener la aprobación del Electronic System for Travel Authorization (ESTA, Sistema Electrónico para Autorización de Viaje) antes de embarcar en un medio de transporte con destino a Estados Unidos. La solicitud oficial de ESTA está disponible en esta.cbp.dhs.gov. Los requisitos de pasaporte para viajar con el VWP son estrictos: a partir del 1 de April, 2016, todos los viajeros deben tener un e-passport (un pasaporte seguro mejorado con un chip electrónico integrado indicado por el símbolo internacional de e-passport) para usar el VWP. Además, todos los pasaportes de países del VWP deben tener una zona legible por máquina y una fotografía digital impresa en la página de datos, en lugar de pegada o laminada.

  • Debe ser ciudadano o nacional de un país participante del Visa Waiver Program
  • Debe tener un e-passport válido con chip biométrico
  • Debe obtener la autorización ESTA antes del viaje (solicítela en esta.cbp.dhs.gov)
  • La estancia está limitada a 90 days o menos
  • El viaje debe ser solo por turismo, negocios o tránsito, no para estudios ni empleo
  • No debe haber sido denegado un visado de EE. UU., haber sido rechazado para entrar en EE. UU. o haber excedido una admisión previa del VWP
  • No debe haber viajado a Cuba, Irán, Irak, Libia, Corea del Norte, Somalia, Sudán, Siria o Yemen, ni haber estado presente allí, a partir del 1 de marzo de 2011 (con excepciones limitadas)

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Proceso de solicitud paso a paso

Una guía práctica paso a paso para solicitar visados de no inmigrante e inmigrante de EE. UU., desde la petición inicial hasta la llegada y el mantenimiento del estatus.

Solicitud de visado de no inmigrante: el proceso estándar

El proceso estándar de solicitud de visado de no inmigrante comienza por determinar tu categoría de visado usando el Visa Wizard del State Department o revisando la lista completa de categorías de visado. Una vez identificada la categoría adecuada, la mayoría de los solicitantes completa el formulario DS-160 en línea, paga la tasa de solicitud de visado (Machine Readable Visa o MRV fee), programa y asiste a una entrevista de visado en una U.S. Embassy o Consulate, y, si se aprueba, recibe su visado para viajar a Estados Unidos. Según la información sobre visados de no inmigrante de USA.gov, también es posible consultar en línea el estado de una solicitud de visado después de enviarla.

  1. Determina tu categoría de visado usando el Visa Wizard del State Department o revisando las descripciones de las categorías de visado
  2. Completa en línea la solicitud de visado de no inmigrante DS-160 en ceac.state.gov
  3. Paga la tasa de solicitud de visado de no inmigrante (MRV fee): el importe varía según la categoría
  4. Programa una cita para la entrevista de visado en una U.S. Embassy o Consulate en tu país de origen
  5. Reúne los documentos requeridos: pasaporte válido, página de confirmación del DS-160, recibo de pago de la tasa, foto y documentos de respaldo para tu tipo de visado específico
  6. Asiste a tu entrevista de visado: prepárate para demostrar vínculos con tu país de origen y el propósito del viaje
  7. Si se aprueba, recibe tu visado (impreso en tu pasaporte); si se requiere tramitación adicional, espera la notificación de tramitación administrativa
  8. Viaja a Estados Unidos antes de la fecha de validez del visado: el visado te permite llegar, pero CBP toma la decisión final de entrada

Una nota importante sobre la autoridad de los funcionarios consulares: el 21 de Feb., 2023, el U.S. Department of State anunció que los funcionarios consulares pueden emitir un visado de estudiante F o M hasta 365 días antes de la fecha de inicio del programa de un estudiante internacional, según la guía de Study in the States del DHS. Antes, los visados de estudiante solo podían emitirse hasta 120 days antes de la fecha de inicio del programa. Sin embargo, los estudiantes siguen pudiendo entrar en Estados Unidos solo 30 days antes de la fecha de inicio del programa que figure en su Form I-20. Este cambio da a los estudiantes más flexibilidad para programar entrevistas de visado y planificar su viaje, a la vez que mantiene las restricciones existentes sobre cuándo pueden entrar realmente al país.

Proceso de visado de estudiante (F-1 y M-1)

El proceso de visado de estudiante en Estados Unidos implica varios pasos coordinados entre el futuro estudiante, el Designated School Official (DSO, funcionario escolar designado) de la escuela y las agencias gubernamentales. El proceso está bien documentado en la página de estudiantes de ICE SEVIS. El primer paso es solicitar ingreso en una escuela certificada por el Student and Exchange Visitor Program (SEVP, Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio). Los estudiantes pueden usar la herramienta School Search en studyinthestates.dhs.gov para encontrar escuelas y programas certificados por SEVP que sean elegibles para matricular estudiantes F-1 y M-1. Una vez aceptado por una escuela certificada por SEVP, el funcionario escolar designado emitirá un Form I-20, que es un registro de la información del estudiante en la base de datos Student and Exchange Visitor Information System (SEVIS, Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio).

  1. Solicita admisión y sé aceptado por una escuela certificada por SEVP (usa School Search en studyinthestates.dhs.gov)
  2. Recibe el Form I-20 del Designated School Official (DSO, funcionario escolar designado) de tu escuela: tanto tú como el DSO debéis firmarlo; los padres firman en el caso de estudiantes menores de 18
  3. Paga la tasa I-901 SEVIS en fmjfee.com: conserva el recibo, ya que lo necesitarás para tu entrevista de visado
  4. Completa la solicitud de visado DS-160 en línea y paga la tasa de solicitud de visado de no inmigrante (la tasa del visado de estudiante y visitante de intercambio aumentó a $185 a partir del 30 de May, 2023)
  5. Programa y asiste a una entrevista de visado en una U.S. Embassy o Consulate: lleva el Form I-20, el recibo de la tasa SEVIS, la confirmación del DS-160, el pasaporte, documentos financieros y la carta de aceptación
  6. Si se aprueba, recibe el sello del visado F-1 o M-1 en tu pasaporte
  7. Llega a Estados Unidos: puedes llegar hasta 30 days antes de la fecha de inicio del programa que figure en tu Form I-20
  8. A tu llegada, reúne con el oficial de CBP, que verificará tu información y emitirá el Form I-94 Arrival/Departure Record
  9. Matricúlate en tu escuela y mantén el estatus de estudiante durante todos tus estudios

Mantener el estatus de estudiante es una obligación continua crítica. Según la página de estudiantes de ICE SEVIS, para mantener el estatus de estudiante debes cumplir el propósito de tu visado y seguir todas las normas asociadas. Los estudiantes F-1 y sus dependientes tienen 60 days después de la fecha de fin de su programa (o de su período de formación) para salir de Estados Unidos, mientras que los estudiantes M-1 y sus dependientes tienen 30 days. Cuando nuevas circunstancias requieran un nuevo Form I-20 (como un cambio de programa, la pérdida del formulario original o una autorización de viaje), debes obtener un nuevo Form I-20 de tu DSO. A partir del 1 de July, 2016, el rediseñado Form I-20 con código de barras 2-D es obligatorio para todas las solicitudes de visado de no inmigrante F y M, la entrada, los viajes y las solicitudes de beneficios de no inmigrante. La versión anterior del código de barras ya no es válida.

Proceso de visado de trabajo patrocinado por el empleador

La mayoría de los visados de trabajo en Estados Unidos están patrocinados por el empleador, lo que significa que el empleador estadounidense inicia el proceso de petición en nombre del trabajador extranjero. El proceso estándar para visados de trabajo patrocinados por el empleador (como H-1B o L-1) comienza con la presentación de una petición ante USCIS por parte del empleador, normalmente el Form I-129 (Petition for Nonimmigrant Worker). El empleador debe demostrar que el puesto encaja en la categoría de visado, que el trabajador cumple los requisitos y, en algunas categorías (como H-2A y H-2B), que no hay trabajadores estadounidenses cualificados disponibles para el puesto. Según la información del State Department sobre visados de empleo, una vez que USCIS aprueba la petición, el trabajador extranjero puede solicitar entonces un visado en una U.S. Embassy o Consulate en el extranjero, presentando el aviso de aprobación de USCIS (Form I-797) junto con otros documentos requeridos.

Para los trabajadores especializados H-1B, el proceso implica un paso adicional: la lotería. Debido al límite anual de 65,000 visados H-1B de uso regular (más 20,000 adicionales para titulares de máster de EE. UU.), USCIS realiza una lotería generada por computadora cuando las peticiones superan el cupo. El programa H-2B para trabajadores no agrícolas tiene un límite legal de 66,000 por año fiscal, aunque el Congreso ha autorizado aumentos temporales en los últimos años, incluido el año fiscal 2026 según la información de USCIS sobre H-2B. La regla de International Entrepreneur de USCIS también ofrece una vía para emprendedores que puedan demostrar que su presencia en Estados Unidos proporcionaría un beneficio público significativo, según la información de USCIS sobre la regla para emprendedores.

Proceso de solicitud de visado de inmigrante

El proceso de visado de inmigrante es más complejo y, por lo general, más largo que el proceso de visado de no inmigrante. Según la guía del State Department sobre el paso 1 del proceso de visado de inmigrante, el proceso comienza con la presentación de una petición: para la inmigración basada en familia, un ciudadano estadounidense o un LPR presenta una petición en nombre del familiar que cumple los requisitos; para la inmigración basada en empleo, un empleador estadounidense suele presentar la petición. Después de que USCIS aprueba la petición, el caso se transfiere al National Visa Center (NVC, Centro Nacional de Visas) para su tramitación adicional, incluida la recopilación de documentos y la programación de la entrevista. Después, el inmigrante se somete a un examen médico realizado por un médico autorizado por USCIS y asiste a una entrevista en un consulado o embajada de EE. UU. Si se aprueba, se emite el visado de inmigrante y, al entrar en Estados Unidos, el inmigrante es admitido como Lawful Permanent Resident.

Pasos clave en el proceso de visado de inmigrante

PasoQuién actúaDocumento clavePlazo típico
1. Presentar la peticiónPeticionario (ciudadano estadounidense/LPR o empleador)Form I-130 (familia) o I-140 (empleo)Varía según los tiempos de tramitación de USCIS
2. Tramitación del NVCNational Visa Center + solicitanteTasas del visado de inmigrante, documentos civilesVarios meses después de la aprobación
3. Hay número de visado disponibleState Department (Visa Bulletin)Consultar el Visa Bulletin mensualDesde días hasta décadas, según la categoría
4. Examen médicoSolicitante ante un médico autorizadoForm I-693 o DS-5540 (en el extranjero)Dentro de los 60 days posteriores a la entrevista
5. Entrevista consularU.S. Embassy o ConsulateTodos los documentos civiles, fotos, certificados de antecedentes policialesProgramada después de la tramitación del NVC
6. Emisión del visado y entradaSolicitanteSello del visado de inmigrante + paquete selladoDentro de los 6 months posteriores a la aprobación
7. Emisión de la Green CardUSCIS (enviada por correo a una dirección de EE. UU.)Permanent Resident Card (Form I-551)Varios weeks después de la entrada

Después de llegar: mantenimiento del estatus y Form I-94

Tras entrar en Estados Unidos, los titulares de visado de no inmigrante reciben un Form I-94 Arrival/Departure Record de U.S. Customs and Border Protection. El I-94 determina tu período de estancia autorizado y las condiciones de tu admisión: no es el visado en sí. Muchas categorías de no inmigrante son admitidas por Duration of Status (D/S), lo que significa que la estancia autorizada se extiende durante todo el tiempo que mantengas tu estatus de no inmigrante (por ejemplo, los estudiantes F-1 permanecen autorizados mientras cursan su programa completo). Otras categorías son admitidas por un período de tiempo específico. Es fundamental entender si has sido admitido por D/S o por un período fijo, ya que exceder tu estancia autorizada, incluso por un día, puede tener graves consecuencias migratorias, incluidos vetos a futuras solicitudes de visado y a la elegibilidad para futuras admisiones en Estados Unidos.

Lista de documentos requeridos

Listas de verificación completas de los documentos requeridos para las principales categorías de visado de EE. UU., desde visados de turista hasta solicitudes de estudiante, trabajo y residencia permanente.

Documentos universales para todas las solicitudes de visado

Independientemente de la categoría específica de visado que solicites, ciertos documentos se requieren en prácticamente todas las solicitudes de visado de EE. UU. El más importante es un pasaporte válido: para los viajeros del Visa Waiver Program, se exige un e-passport con chip biométrico, como dejan claro los requisitos de documentos de viaje del DHS, que indican que el pasaporte debe tener tanto una zona legible por máquina como un chip electrónico integrado con información biométrica. Para los solicitantes de visado, el pasaporte por lo general debe ser válido al menos seis meses más allá del período de estancia previsto, aunque este requisito se exime para ciudadanos de ciertos países bajo acuerdos bilaterales que figuran en la página de reciprocidad del State Department. Además, todos los solicitantes de visado deben presentar en línea el formulario DS-160 de solicitud de visado de no inmigrante, pagar la tasa correspondiente y llevar la documentación específica de su categoría de visado.

  • Pasaporte válido (debe seguir siendo válido durante al menos 6 months más allá de la estancia prevista para la mayoría de las nacionalidades)
  • Página de confirmación de la solicitud de visado de no inmigrante DS-160 (página con código de barras)
  • Recibo de la tasa de solicitud de visado (MRV fee)
  • Una fotografía tipo pasaporte que cumpla los requisitos fotográficos del visado de EE. UU.
  • Documentos de respaldo específicos de tu categoría de visado (ver abajo)
  • Visados anteriores de EE. UU. (si aplica)
  • Pruebas de vínculos con el país de origen (para solicitantes de visados de no inmigrante que deban demostrar la intención de regresar)

Documentos para visado de estudiante (F-1 y M-1)

Los solicitantes de visado de estudiante necesitan un conjunto específico de documentos centrado en su matrícula en una escuela certificada por SEVP. Según la guía de Study in the States, todos los estudiantes F y M que estudien en Estados Unidos necesitan un Form I-20. El Form I-20 lo emite el Designated School Official de la escuela y contiene el número SEVIS ID del estudiante, la fecha de inicio del programa y los requisitos financieros. Pagar la tasa I-901 SEVIS antes de la entrevista de visado es obligatorio; el recibo debe presentarse como prueba de pago, y es fundamental que el número SEVIS ID del recibo coincida con el SEVIS ID del Form I-20. Los visados de estudiante F-1 y M-1 pueden emitirse hasta 365 days antes de la fecha de inicio del programa, según la guía del DHS actualizada en 2023.

Lista de verificación de documentos para visado de estudiante F-1

DocumentoDetallesFuente
Form I-20Original, firmado tanto por el estudiante como por el DSO (se requiere firma de los padres para menores de 18)Emitido por tu escuela certificada por SEVP
Recibo de la tasa I-901 SEVISMuestra el pago activo de la tasa SEVIS; el SEVIS ID debe coincidir con el I-20Recibo de fmjfee.com
Confirmación del DS-160Página de confirmación con código de barras de la solicitud en líneaceac.state.gov
Recibo de la tasa MRVLa tasa del visado de estudiante aumentó a $185 con efecto a partir del 30 de May, 2023Pagada en el banco designado o en línea
Pasaporte válidoDebe ser válido durante 6+ months después de la fecha de fin del programaLa autoridad pasaportaria de tu país de origen
Fotografía tipo pasaporteDebe cumplir las especificaciones fotográficas del visado de EE. UU. (2x2 inches, fondo blanco, etc.)Estudio fotográfico o tomada por ti mismo según las pautas
Carta de aceptación de la escuelaConfirmando la matrícula y el estatus de estudiante a tiempo completoEmitida por tu escuela
Pruebas financierasExtractos bancarios, cartas de beca o cartas de patrocinio que muestren la capacidad de pagar la matrícula y los gastos de manutenciónBanco, proveedor de beca o patrocinador familiar
Historiales académicosDe escuelas/universidades anteriores asistidasInstituciones educativas previas
Resultados de competencia lingüísticaTOEFL, IELTS u otros resultados de exámenes de inglés si la escuela lo exigeOrganización examinadora

Documentos de viaje para residentes permanentes legales

Los Lawful Permanent Residents tienen un conjunto específico de documentos de viaje que pueden necesitar conservar y llevar consigo. Según la guía de USCIS sobre documentos de viaje, si deseas regresar legalmente a Estados Unidos tras viajar fuera de Estados Unidos, por lo general debes tener un documento de entrada válido, como un Permanent Resident Card (Green Card) o un visado de no inmigrante, o un documento de viaje válido y no expirado. La Green Card (Form I-551, Permanent Resident Card) por sí sola sirve como prueba de tu estatus de LPR y de autorización de empleo. Bajo la Western Hemisphere Travel Initiative (WHTI), como documenta la FAQ de CBP sobre WHTI, los Lawful Permanent Residents de EE. UU. deben presentar un Permanent Resident Card (Form I-551) válido u otra prueba válida del estatus de residencia permanente al entrar por puertos terrestres o marítimos. Los LPR no necesitan pasaporte para entrar en EE. UU.

Para los LPR que planean viajar por períodos prolongados fuera de Estados Unidos, el Form I-131 (Application for Travel Documents, Parole Documents, and Arrival/Departure Records) es el formulario clave para obtener autorización adicional de viaje. Según las instrucciones del Form I-131 de USCIS, el Form I-131 se usa para solicitar un Reentry Permit (que permite a un LPR solicitar admisión sin obtener un returning resident visa tras una ausencia prolongada), un Refugee Travel Document (para refugiados o asilados y LPR derivados), un Temporary Protected Status Travel Authorization Document y Advance Parole Documents (para quienes tienen solicitudes de inmigración pendientes y necesitan viajar). De forma crítica, si estás solicitando el ajuste de estatus (Form I-485) y abandonas Estados Unidos sin haber obtenido primero un Advance Parole Document, USCIS por lo general considerará abandonado tu Form I-485.

Documentos de viaje para LPR y titulares de estatus especial

DocumentoQuién lo necesitaValidezCómo solicitarlo
Green Card (Form I-551)Todos los LPR para entrada y autorización de trabajo10 years (2 years for conditional residents)Emitida al concederse el estatus de LPR; renovar con Form I-90
Reentry PermitLPR que planean permanecer fuera de EE. UU. más de 1 year2 years desde su emisión (1 year si estuviste fuera de EE. UU. durante 4 de los últimos 5 years)Form I-131, presentado mientras se esté físicamente presente en EE. UU.
Refugee Travel DocumentRefugiados/asilados y LPR derivados1 year (no se puede extender)Form I-131; solicitar antes de salir de EE. UU.
Advance ParoleSolicitantes con I-485 pendiente o titulares de TPS que necesiten viajarSegún lo especificado en el documentoForm I-131; presentar antes de salir de EE. UU.
Form I-131A (Carrier Documentation)LPR/titulares de TPS en el extranjero que perdieron su documento de viajeViaje de regreso de un solo usoSe presenta fuera de EE. UU. en oficinas internacionales de USCIS

Documentos del Employment Authorization Document (EAD)

El Employment Authorization Document (EAD, Form I-766) es un documento fundamental para muchos no inmigrantes que necesitan autorización de trabajo. Según la información de USCIS sobre el EAD, los empleadores de EE. UU. deben asegurarse de que todos los empleados, independientemente de su ciudadanía u origen nacional, están autorizados para trabajar en Estados Unidos. Tener un EAD (Form I-766) es una forma de demostrar que estás autorizado para trabajar en Estados Unidos durante un período de tiempo específico. Debes solicitar un EAD si estás autorizado para trabajar por tu estatus o circunstancias migratorias (por ejemplo, como asilado, refugiado o no inmigrante U) y necesitas evidencia de esa autorización, o si debes solicitar permiso para trabajar, como cuando tienes un Form I-485 pendiente, un Form I-589 pendiente o un estatus de no inmigrante que te permite estar en Estados Unidos pero no trabajar sin antes pedir permiso a USCIS (como los estudiantes F-1 o M-1 fuera del empleo en el campus).

Para solicitar un EAD, por lo general debes presentar el Form I-765, Application for Employment Authorization y pagar la tasa de presentación aplicable. Según la información de USA.gov sobre permisos de trabajo, como titular de visado de no inmigrante, puedes poder trabajar temporalmente en EE. UU. con un permiso de trabajo (EAD). Dependiendo de tu categoría migratoria, tu permiso de trabajo EAD será válido durante 1 o 2 years. Una nota importante para los titulares de EAD: el 30 de October, 2025 terminó la extensión automática del Employment Authorization Document, según la actualización de USA.gov sobre el EAD. Los titulares de EAD deben comprobar las actualizaciones de USCIS para ver si esta nueva norma afecta a su caso y presentar la renovación con suficiente antelación a la expiración: USCIS anima a presentar la solicitud en cuanto el EAD esté dentro de los 180 days posteriores a su fecha de expiración.

  • Form I-765 (Application for Employment Authorization): completado íntegramente
  • Tasa de presentación (salvo que se solicite y apruebe una exención de pago)
  • Copia del documento de estatus migratorio actual (visado, I-94, EAD anterior)
  • Dos fotografías tipo pasaporte
  • Copia del Form I-20 u otro documento base del estatus migratorio, si aplica
  • Para renovación: copia del EAD anterior
  • Documentos de respaldo que demuestren la categoría de elegibilidad (por ejemplo, recibo de I-485 pendiente, aprobación de asilado, etc.)

Documentos para los requisitos de viaje (WHTI)

La Western Hemisphere Travel Initiative (WHTI, Iniciativa de Viajes del Hemisferio Occidental), implementada por DHS y el State Department, establece requisitos documentales para viajar a Estados Unidos desde Canadá, México, el Caribe y Bermudas. A partir del 1 de June, 2009, los ciudadanos estadounidenses que entren por tierra o mar deben presentar un pasaporte, una tarjeta de pasaporte, una licencia de conducir mejorada o una tarjeta de un programa de viajero de confianza (NEXUS, SENTRI o FAST), según la FAQ de CBP sobre WHTI. La tarjeta de pasaporte es un documento de viaje de bajo coste y uso limitado, emitido por el State Department, aceptable para viajar por tierra y mar para entrar en Estados Unidos desde el hemisferio occidental, pero no se acepta para viajes aéreos internacionales. Las Enhanced Driver's Licenses (EDLs) emitidas por Washington, Vermont, New York y Michigan pueden usarse en lugar de un pasaporte para entrar desde Canadá, México y el Caribe, pero tampoco se aceptan para viajes aéreos internacionales.

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Costes y tiempos de tramitación

Un desglose detallado de las tasas de solicitud de visado de EE. UU., los costes de peticiones ante USCIS, las tasas SEVIS y las estimaciones actuales de tiempo de tramitación para formularios clave de inmigración.

Tasas de solicitud de visado de no inmigrante (tasas MRV)

El State Department cobra una Machine Readable Visa (MRV) fee para tramitar las solicitudes de visado de no inmigrante, que debe pagarse antes de programar una entrevista de visado. Según la guía de Study in the States del DHS de 2023, el State Department publicó una norma final el 28 de March, 2023, para anunciar un aumento de ciertas tasas de tramitación de solicitudes de visado de no inmigrante. El coste de los visados de estudiante y visitante de intercambio (visados de categoría F, M y J) aumentó de $160 a $185 a partir del 30 de May, 2023. Las tasas MRV por lo general no son reembolsables ni transferibles. El recibo de pago es un documento obligatorio para la entrevista de visado. Además, a algunas nacionalidades se les puede exigir el pago de tasas de emisión de visado (también llamadas tasas de reciprocidad) basadas en lo que su país de origen cobra a los ciudadanos estadounidenses por visados similares, como se detalla en la tabla de reciprocidad del State Department.

Importes comunes de la tasa MRV para solicitudes de visado de no inmigrante

Categoría de visadoTipos de visadoTasa MRV (a fecha de 2023)
Visitante (turismo/negocios)B-1, B-2$185
Estudiante/visitante de intercambioF, M, J$185 (aumentó desde $160 a partir del 30 de May, 2023)
Visados de trabajo basados en peticiónH, L, O, P, Q, R$205
Otros visados de no inmigranteE, C, D, I, K, T, U, V y otrosVaría según la categoría
Visa Waiver Program (ESTA)Solo países del VWP$21 (tasa de autorización ESTA): no se requiere tasa MRV

Tasas de presentación de USCIS para peticiones y solicitudes

Además de la tasa MRV del State Department (pagada en el extranjero en una U.S. Embassy o Consulate), muchas categorías de visado requieren que primero se presente una petición ante USCIS dentro de Estados Unidos antes de que el visado pueda emitirse. USCIS cobra tasas de presentación por estas peticiones, que varían considerablemente según el tipo de formulario. En los casos basados en empleo, el empleador suele pagar la tasa de petición de USCIS como parte de sus obligaciones legales al patrocinar al trabajador. Para los documentos de autorización de empleo, la información de USCIS sobre el EAD indica que las solicitudes de renovación requieren un nuevo Form I-765 y una tasa de presentación, salvo que se solicite y apruebe una exención de pago. El propio Form I-765 (como se ve en el formulario I-765 de USCIS con OMB No. 1615-0040, que expira el 08/31/2027) es la solicitud estándar de autorización de empleo. Para documentos de viaje, el Form I-131 (Application for Travel Documents, con OMB No. 1615-0013, que expira el 06/30/2027 según las instrucciones actualizadas) requiere una tasa de presentación para la mayoría de los solicitantes.

Tasas específicas para estudiantes: tasa I-901 SEVIS

Los estudiantes internacionales se enfrentan a una tasa adicional obligatoria que la mayoría de los demás solicitantes de visado no tienen: la tasa I-901 SEVIS (Student and Exchange Visitor Information System, Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio). Esta tasa debe pagarse después de recibir el Form I-20, pero antes de solicitar el visado de estudiante, según la guía para estudiantes de ICE SEVIS. La tasa I-901 SEVIS se paga en línea en fmjfee.com o mediante Western Union Quick Pay. Es esencial que el número SEVIS ID del recibo de la tasa I-901 SEVIS coincida con el número SEVIS ID del Form I-20: una discrepancia puede causar retrasos o una denegación en la entrevista de visado o en el puerto de entrada. Además, a partir del 2 de October, 2017, los solicitantes del Form I-765 pueden solicitar un Social Security Number (SSN, número de Seguro Social) al mismo tiempo que solicitan la autorización de empleo, según el seminario web de USCIS sobre el Form I-765 revisado, y la SSA estimó que esto reduciría las visitas a las oficinas de SSA en casi 400,000 al año.

Resumen de tasas de inmigración específicas para estudiantes

TasaImporteQuién pagaCuándo se paga
Tasa I-901 SEVIS (estudiantes F-1)$350Estudiantes F y MDespués de recibir el Form I-20, antes de la entrevista de visado
Tasa I-901 SEVIS (visitantes de intercambio J-1)$220 (la mayoría de los programas) / $35 (au pair, monitores de campamento, trabajo y viaje de verano)Visitantes de intercambio JDespués de recibir el Form DS-2019, antes de la entrevista de visado
Tasa MRV/tasa de solicitud de visado (F, M, J)$185Estudiante/visitante de intercambioAntes de programar la entrevista de visado en la embajada/consulado
Tasa de presentación del EAD (Form I-765)Varía (consulta la tabla actual de tasas de USCIS)Estudiante si solicita un EAD fuera del campusAl presentar el Form I-765 ante USCIS
Solicitud de Optional Practical Training (OPT)Incluida en la tasa del I-765Estudiantes F-1 que solicitan OPT posterior a la finalización60-90 days antes de la fecha de fin del programa

Tiempos de tramitación de USCIS

Los tiempos de tramitación de USCIS varían significativamente según el tipo de formulario, el centro de servicio específico de USCIS que lleve el caso y los volúmenes actuales de solicitudes. Según la información sobre tiempos de tramitación de USCIS, los solicitantes pueden consultar los tiempos estimados actuales de tramitación en el sitio web oficial de USCIS en egov.uscis.gov/processing-times. Es importante tener en cuenta que los tiempos de tramitación son estimaciones y pueden cambiar. USCIS recomienda a los solicitantes de EAD que presenten la renovación en cuanto el EAD actual esté dentro de los 180 days de su fecha de expiración, a fin de reducir la posibilidad de una interrupción en la autorización y la documentación de empleo. El 30 de October, 2025 terminó la extensión automática del EAD, según la actualización de USA.gov sobre el EAD, lo que hace aún más importante renovar a tiempo.

Rangos aproximados de tiempo de tramitación de USCIS por formulario común

FormularioPropósitoTiempo de tramitación aproximado
Form I-765Employment Authorization Document (EAD)Varios months (presentar 180 days antes de que expire el EAD actual)
Form I-131Reentry Permit, Refugee Travel Document, Advance ParoleVaría; presenta la solicitud con suficiente antelación al viaje previsto
Form I-129Petition for Nonimmigrant Worker (H, L, O, etc.)Varios months; procesamiento premium disponible para algunas categorías
Form I-140Immigrant Petition for Alien WorkersVarios months hasta más de un year según la categoría
Form I-485Application to Register Permanent Residence (Green Card)8 months a varios years según la categoría y el país de nacimiento
Form I-90Application to Replace Permanent Resident CardVarios months
Form I-751Petition to Remove Conditions on Residence (Green Card condicional de 2 years)18-24+ months

Procesamiento premium y opciones de aceleración

Para ciertos tipos de petición, USCIS ofrece procesamiento premium, que garantiza una respuesta (aunque no necesariamente una aprobación) dentro de un plazo especificado a cambio de una tasa adicional. El procesamiento premium está disponible para muchas peticiones de no inmigrante basadas en empleo (I-129) y para ciertas peticiones de trabajadores inmigrantes (I-140). La tasa de procesamiento premium se paga además de la tasa estándar de presentación y no aumenta la probabilidad de aprobación. Para documentos de viaje bajo el Form I-131, USCIS dispone de un proceso de Emergency Travel documentado en uscis.gov para quienes necesitan viajar con urgencia. Además, si un residente permanente legal o residente permanente condicional que ya esté fuera de Estados Unidos necesita un reentry permit y presenta el Form I-131, el permiso puede enviarse a una U.S. Embassy, U.S. Consulate o USCIS international field office en el extranjero para su recogida, según las instrucciones del Form I-131 de USCIS.

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Camino hacia la residencia permanente

Una guía para obtener una Green Card de EE. UU. a través de la familia, el empleo y otras vías, incluido el mantenimiento del estatus de LPR y el proceso de naturalización.

¿Qué es una Green Card? Derechos y responsabilidades de los LPR

Una Green Card (oficialmente Form I-551, Permanent Resident Card) te convierte en Lawful Permanent Resident (LPR) de Estados Unidos. Según la información del DHS sobre LPR, los LPR son extranjeros legalmente autorizados a vivir de forma permanente en Estados Unidos. Los LPR pueden aceptar una oferta de empleo sin restricciones especiales, poseer bienes inmuebles, recibir asistencia financiera en colegios y universidades públicas, y unirse a las Armed Forces (Fuerzas Armadas). También pueden solicitar convertirse en ciudadanos estadounidenses si cumplen ciertos requisitos de elegibilidad. Como documenta la información de USCIS sobre la Green Card, la propia Green Card también sirve como prueba de autorización de empleo: a diferencia de la mayoría de los no inmigrantes, los LPR no necesitan un Employment Authorization Document (EAD) independiente para trabajar.

Sin embargo, tener una Green Card también conlleva responsabilidades importantes. Según la ley de inmigración de EE. UU., una persona admitida como inmigrante se presume que tiene la intención de vivir permanentemente en Estados Unidos, como explica la guía de la U.S. Embassy in Japan para mantener el estatus de LPR. Permanecer fuera de Estados Unidos durante más de un year puede provocar la pérdida del estatus de LPR. Además, los LPR tienen obligaciones fiscales como residentes estadounidenses, deben cumplir todas las leyes de EE. UU. y, en el caso de los LPR varones menores de 26 years, puede exigírseles registrarse en el Selective Service. Entender estas obligaciones desde el principio es esencial para mantener con éxito tu estatus de LPR.

Inmigración basada en la familia

La inmigración basada en la familia es la vía más grande hacia la residencia permanente en EE. UU. Según los datos de LPR del DHS, la mayor clase de admisión para el estatus de LPR se centra en admitir inmigrantes con fines de reunificación familiar. El sistema de inmigración familiar de EE. UU. divide las relaciones familiares en dos niveles: los parientes inmediatos de ciudadanos estadounidenses (cónyuges, hijos solteros menores de 21 y padres de ciudadanos estadounidenses adultos), que no están sujetos a límites numéricos anuales y pueden inmigrar sin esperar a que haya un número de visado disponible; y los miembros de la categoría de preferencia familiar (hijos adultos de ciudadanos estadounidenses, hijos casados de ciudadanos estadounidenses, hermanos de ciudadanos estadounidenses y cónyuges e hijos de LPR), que están sujetos a límites numéricos anuales y pueden enfrentarse a esperas significativas. El tiempo de espera en las categorías de preferencia puede oscilar entre varios años y muchas decades, dependiendo de la categoría y del país de nacimiento del solicitante.

Categorías de preferencia de inmigración basada en la familia

CategoríaRelaciónLímite anualEspera típica
Immediate Relatives (IR)Cónyuges, hijos solteros menores de 21 y padres de ciudadanos estadounidensesSin límite anualVarios months a ~1-2 years para la tramitación
F1Hijos adultos solteros (21+) de ciudadanos estadounidenses~23,400/yearVarios years
F2ACónyuges e hijos solteros (menores de 21) de LPR~87,900/year2-5 years
F2BHijos adultos solteros (21+) de LPRParte del total F25-10+ years
F3Hijos casados de ciudadanos estadounidenses~23,400/year10-20+ years
F4Hermanos de ciudadanos estadounidenses adultos~65,000/year10-25+ years

El Visa Bulletin, publicado mensualmente por el State Department, hace seguimiento de cuándo hay números de visado disponibles para las categorías de preferencia. Según el Visa Bulletin de April, 2026, la disponibilidad de visados varía significativamente según la categoría y el país de nacimiento. Los solicitantes de países como Mexico, Philippines, China e India se enfrentan a tiempos de espera especialmente largos en ciertas categorías debido a la alta demanda y a los límites por país. Consultar el Visa Bulletin con regularidad es esencial para planificar tu cronograma migratorio.

Green Cards basadas en empleo

Las Green Cards basadas en empleo están disponibles a través de cinco categorías de preferencia (EB-1 a EB-5), cada una con requisitos específicos. Según las categorías de elegibilidad de Green Card de USCIS, las categorías incluyen: EB-1 para trabajadores prioritarios (personas con habilidad extraordinaria, profesores e investigadores destacados, y directivos o ejecutivos multinacionales); EB-2 para profesionales con títulos avanzados o personas con habilidad excepcional; EB-3 para trabajadores cualificados, profesionales y otros trabajadores; EB-4 para ciertos inmigrantes especiales (incluidos trabajadores religiosos, locutores y otros); y EB-5 para inversores inmigrantes que crean empleo en Estados Unidos mediante la inversión de capital sustancial. La mayoría de las categorías basadas en empleo (EB-1 a EB-3) requieren que un empleador patrocinador presente una petición de inmigrante en nombre del trabajador, aunque la EB-1 por habilidad extraordinaria y algunos casos de waiver por interés nacional de la EB-2 permiten la autopetición.

El proceso para las Green Cards basadas en empleo suele implicar dos vías principales: el ajuste de estatus (Form I-485), en el que un trabajador elegible que ya se encuentra en Estados Unidos solicita ajustar su estatus a LPR sin salir del país; y la tramitación consular, en la que el trabajador solicita un visado de inmigrante en una U.S. embassy o consulate en el extranjero y entra en EE. UU. como LPR. El proceso de ajuste de estatus requiere que el solicitante esté físicamente presente en EE. UU., que haya un número de visado inmediatamente disponible y que el solicitante sea admisible. En la mayoría de los casos basados en empleo, el empleador también debe completar una prueba del mercado laboral conocida como certificación laboral PERM (Program Electronic Review Management) para demostrar que no hay trabajadores estadounidenses cualificados disponibles para el puesto antes de que pueda presentarse la petición de inmigrante EB-2 o EB-3.

Mantenimiento del estatus de LPR: requisitos de viaje y residencia

Mantener el estatus de Lawful Permanent Resident requiere prestar atención tanto a los requisitos de residencia como a los de viaje. Según la guía de la U.S. Embassy Japan sobre el mantenimiento del estatus de LPR, la ley de inmigración de EE. UU. presupone que una persona admitida en Estados Unidos como inmigrante vivirá en Estados Unidos de forma permanente. Permanecer fuera de Estados Unidos durante más de un year sin aprobación previa de USCIS puede provocar la pérdida del estatus de LPR, obligando al inmigrante a obtener un nuevo visado de inmigrante para regresar. El método aprobado por USCIS para proteger el estatus de LPR durante ausencias prolongadas es el Reentry Permit.

Un Reentry Permit, solicitado mediante el Form I-131 mientras se está físicamente presente en Estados Unidos, por lo general permite a un residente permanente legal permanecer fuera de EE. UU. hasta 2 years, según las instrucciones del Form I-131 de USCIS. Sin embargo, existe una excepción importante: si un LPR ha estado fuera de Estados Unidos durante más de 4 de los últimos 5 years desde que se convirtió en residente permanente legal, el reentry permit emitido se limitará a 1 year (en lugar de 2 years), con excepciones para quienes viajan por órdenes del gobierno de EE. UU., trabajan para organizaciones internacionales públicas o son atletas profesionales. Además, un Reentry Permit no puede prorrogarse una vez emitido. La ausencia de Estados Unidos durante 1 year o más también suele romper la continuidad de la residencia continua requerida de un LPR para fines de naturalización.

Naturalización: el camino hacia la ciudadanía estadounidense

Tras mantener el estatus de LPR durante un período que cumpla los requisitos, los residentes permanentes pueden solicitar la ciudadanía estadounidense mediante naturalización. El requisito estándar es 5 years continuos como LPR (reducido a 3 years para quienes están casados con un ciudadano estadounidense y viven con él) y presencia física en Estados Unidos durante al menos la mitad de ese período. Según la información de USCIS sobre naturalización, como residente permanente legal de 5 years podrías ser elegible para solicitar la ciudadanía. Los requisitos adicionales incluyen demostrar residencia continua en el estado o distrito de servicio donde solicitas durante al menos 3 months, capacidad para leer, escribir y hablar inglés básico, conocimiento de la historia y el gobierno de Estados Unidos (civics), buen carácter moral y adhesión a los principios de la Constitución de EE. UU. Las ausencias de Estados Unidos de 6 months o más durante el período de residencia continua requerido pueden romper esa continuidad, aunque las ausencias de menos de 6 months generalmente no la rompen.

Una consideración importante para quienes buscan la naturalización es que una ausencia de 1 year o más generalmente rompe la continuidad de la residencia continua requerida para la naturalización, según se indica en las instrucciones del Form I-131 de USCIS. Si un LPR tiene intención de permanecer fuera de Estados Unidos durante 1 year o más, puede ser elegible para presentar el Form N-470 (Application to Preserve Residence for Naturalization Purposes) y así mantener su elegibilidad para la naturalización a pesar de la ausencia prolongada. Esta disposición está disponible para los LPR que realizan cierto servicio al gobierno o al ejército de EE. UU., o que trabajan para organizaciones con carta constitutiva estadounidense que cumplan los requisitos. Para consultas generales sobre asuntos de USCIS, se puede contactar con el USCIS Contact Center al 800-375-5283 (TTY 800-767-1833), que ofrece información en inglés y español.

Programas especiales: Diversity Visa y otras vías

Además de las vías basadas en la familia y en el empleo, Estados Unidos ofrece otras rutas hacia el estatus de LPR. El programa Diversity Visa (DV), conocido comúnmente como la "Green Card Lottery", pone a disposición aproximadamente 50,000 visados al año para personas de países con históricamente bajos índices de inmigración a Estados Unidos. La elegibilidad requiere haber nacido en un país elegible y tener un diploma de secundaria (o equivalente) o dos years de experiencia laboral cualificada dentro de los últimos cinco years. Las solicitudes se seleccionan aleatoriamente por lotería informática, y ganar no garantiza un visado: los ganadores aún deben completar todo el proceso de solicitud de visado de inmigrante y ser considerados admisibles. Otras vías incluyen el asilo (para quienes han sufrido persecución o tienen un temor fundado de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social concreto), el reasentamiento de refugiados, el Special Immigrant Juvenile Status y el proceso de autopetición de la Violence Against Women Act (VAWA).

  • Inmigración basada en la familia: parientes inmediatos de ciudadanos estadounidenses (sin límite) y familiares de categorías de preferencia (se aplican límites anuales)
  • Inmigración basada en empleo: categorías EB-1 a EB-5 basadas en habilidades, cualificaciones e inversión
  • Lotería Diversity Visa: aproximadamente 50,000 visados por año para nacionales elegibles de países con bajas admisiones
  • Asilo: para quienes están en EE. UU. y no pueden regresar a su país de origen por persecución o temor fundado de persecución
  • Reasentamiento de refugiados: para quienes están fuera de EE. UU. con estatus de refugiado y han sido aprobados para reasentamiento en EE. UU.
  • Categorías especiales: trabajadores religiosos, locutores, ciertos empleados de organizaciones internacionales, residentes de larga duración y otros

Preguntas frecuentes

¿Necesito un visado para visitar Estados Unidos por turismo?

Depende de tu nacionalidad. Los ciudadanos de los 40 países que participan en el Visa Waiver Program (VWP, Programa de Exención de Visa) pueden viajar a Estados Unidos por turismo o negocios hasta 90 days sin obtener un visado, siempre que obtengan la aprobación del Electronic System for Travel Authorization (ESTA, Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje) antes de viajar. ESTA se solicita en línea en el portal oficial de CBP, en esta.cbp.dhs.gov. Los viajeros del VWP deben tener un e-passport válido (un pasaporte electrónico con chip biométrico) y cumplir todos los requisitos de elegibilidad, incluido no haber sido denegado un visado estadounidense ni haber permanecido más tiempo del permitido en EE. UU. anteriormente. Para los viajeros del VWP, las estancias no pueden superar 90 days y el propósito debe ser turismo, negocios o tránsito, no estudios ni empleo. Los ciudadanos de países que no participan en el VWP necesitan solicitar un visado de visitante B-2 en una U.S. Embassy o Consulate en su país de origen. La solicitud requiere completar el formulario DS-160, pagar la tasa MRV de $185 y asistir a una entrevista de visado. El funcionario consular evaluará tus vínculos con tu país de origen, tu capacidad financiera para mantener el viaje y tu intención de regresar a casa después de la visita. Un visado no garantiza la entrada; los oficiales de U.S. Customs and Border Protection toman la decisión final de admisión en el puerto de entrada.

¿Cuánto tarda en obtenerse un visado de estudiante F-1 y con cuánta antelación debo solicitarlo?

A partir del 21 de Feb., 2023, el U.S. Department of State cambió las reglas de emisión de visados de estudiante: ahora los funcionarios consulares pueden emitir un visado de estudiante F o M hasta 365 days antes de la fecha de inicio del programa del estudiante, frente al límite anterior de 120 days. Esto significa que puedes empezar el proceso de solicitud de visado hasta un year antes de que comience tu programa. Sin embargo, sigues pudiendo entrar en Estados Unidos solo 30 days antes de la fecha de inicio del programa que figure en tu Form I-20, independientemente de cuándo se emitiera tu visado. El plazo real para obtener un visado F-1 varía mucho según el lugar: los tiempos de espera para citas consulares en embajadas y consulados de EE. UU. en todo el mundo van desde unos pocos días hasta varios months, según la demanda en ese puesto concreto. Se recomienda encarecidamente empezar el proceso lo antes posible: como mínimo 3-4 months antes de la fecha prevista de entrada, e idealmente 6 months o más. Los hitos clave que debes seguir son: (1) recibir el Form I-20 de tu escuela; (2) pagar la tasa I-901 SEVIS de $350; (3) completar la solicitud en línea DS-160; (4) pagar la tasa de solicitud de visado MRV de $185; (5) programar la cita de entrevista de visado; y (6) asistir a la entrevista con todos los documentos requeridos. Tras una entrevista satisfactoria, la tramitación del visado suele tardar unos pocos días laborables hasta unas pocas weeks.

¿Puedo trabajar en EE. UU. con un visado de estudiante F-1?

Los estudiantes F-1 tienen opciones limitadas de autorización de trabajo. El empleo en el campus está permitido sin autorización especial: los estudiantes F-1 pueden trabajar hasta 20 hours por week durante el curso académico y a tiempo completo durante las vacaciones escolares oficiales en su propia escuela o en una empresa comercial del campus afiliada a su escuela. El empleo fuera del campus por lo general requiere autorización previa de USCIS. La principal opción de autorización durante los estudios es Curricular Practical Training (CPT), que permite a los estudiantes F-1 trabajar fuera del campus cuando el empleo es una parte integral de su plan de estudios y está autorizado por su Designated School Official (DSO, funcionario escolar designado). Después de completar su programa de estudios, los estudiantes F-1 pueden solicitar Optional Practical Training (OPT) a través de USCIS: el OPT estándar proporciona hasta 12 months de autorización de trabajo relacionada con el campo de estudio del estudiante. Los estudiantes de campos STEM (science, technology, engineering, and mathematics) pueden solicitar una extensión STEM OPT de 24 months, lo que proporciona hasta 36 months totales de autorización de trabajo posterior a la finalización. Para solicitar OPT, los estudiantes presentan el Form I-765 ante USCIS, que desde el 2 de October, 2017 también puede incluir una solicitud de Social Security Number. Los estudiantes vocacionales M-1 tienen opciones de trabajo más limitadas, con solo formación práctica posterior a la finalización disponible, y solo por un período máximo igual al tiempo pasado en su programa, sin superar 6 months.

¿Cuál es la diferencia entre un visado de trabajo estadounidense y un permiso de trabajo (EAD)?

Un visado de trabajo estadounidense es un sello de visado de no inmigrante en tu pasaporte emitido por una U.S. Embassy o Consulate en el extranjero que te permite viajar a Estados Unidos con fines de empleo. Entre los visados de trabajo comunes están H-1B (ocupación especializada), L-1 (traslado dentro de la misma empresa), O-1 (habilidad extraordinaria) y TN (profesional USMCA). Los visados de trabajo normalmente te autorizan a trabajar para un empleador concreto en un puesto concreto: son específicos del empleador y no se pueden transferir libremente. Un Employment Authorization Document (EAD), por otro lado, es una tarjeta emitida por USCIS que demuestra que estás autorizado para trabajar en Estados Unidos durante un período de tiempo específico, sin estar necesariamente vinculado a un empleador concreto. Los EAD están disponibles para ciertas categorías de no inmigrante (como estudiantes F-1 con OPT, solicitantes de asilo y quienes tienen solicitudes de Green Card pendientes) que no tienen la autorización de trabajo incorporada en su estatus migratorio. Una distinción importante: los residentes permanentes legales (titulares de Green Card) y los trabajadores H-1B, L-1, O-1 y TN no necesitan un EAD separado porque su autorización de trabajo es inherente a su estatus: su Green Card o la aprobación del visado (I-797) sirve como prueba de autorización de trabajo. La extensión automática del EAD terminó el 30 de October, 2025, lo que significa que los titulares de EAD deben asegurarse de renovarlo a tiempo presentando un nuevo Form I-765 antes de que expire su EAD. USCIS recomienda presentar la renovación en cuanto el EAD esté dentro de los 180 days de su vencimiento.

¿Cuánto tarda en obtenerse una Green Card de EE. UU. y qué afecta al plazo?

El plazo para obtener una Green Card de EE. UU. (estatus de residente permanente legal) varía enormemente en función de varios factores, sobre todo la categoría migratoria y el país de nacimiento del solicitante. Para los parientes inmediatos de ciudadanos estadounidenses (cónyuges, hijos solteros menores de 21 y padres de ciudadanos adultos), no hay límite numérico anual, así que una vez aprobada la petición I-130 y completada la tramitación del visado, el plazo suele ser de 1-2 years desde la presentación hasta la aprobación de la Green Card. Para otras categorías de preferencia basadas en la familia y en el empleo sujetas a límites numéricos anuales, la espera se sigue a través del Visa Bulletin mensual publicado por el State Department. Para algunas categorías y países de nacimiento, la espera puede extenderse durante muchos years o incluso decades. Por ejemplo, los solicitantes F4 (hermanos de ciudadanos estadounidenses) de ciertos países con alta demanda se enfrentan a tiempos de espera de 20+ years. Para las Green Cards basadas en empleo en categorías EB-1 y EB-2 (sin retrasos por país), la tramitación puede tardar 1-3 years. Sin embargo, para los solicitantes EB-2 y EB-3 nacidos en India o China, la demanda supera con creces la oferta, lo que provoca tiempos de espera medidos en decades. Dentro de EE. UU., un solicitante que ajuste estatus mediante el Form I-485 esperará months a years para la resolución de USCIS. Puedes consultar los tiempos actuales de tramitación de USCIS en egov.uscis.gov/processing-times.

¿Cuáles son las consecuencias de exceder mi período autorizado en Estados Unidos?

Exceder tu período autorizado de admisión, es decir, permanecer en Estados Unidos más allá de la fecha que figura en tu Form I-94 Arrival/Departure Record, tiene graves consecuencias migratorias. En primer lugar, cualquier presencia irregular comienza a acumularse inmediatamente al expirar la estancia autorizada. Según la ley de inmigración de EE. UU., ciertos períodos de presencia irregular activan prohibiciones futuras de admisión: una presencia de más de 180 days pero menos de 1 year da lugar a una prohibición de admisión de 3 years tras la salida; una presencia de 1 year o más da lugar a una prohibición de 10 years. Estas prohibiciones se aplican incluso si sales voluntariamente. En segundo lugar, un exceso de estancia normalmente provoca la cancelación de tu visado de no inmigrante, lo que significa que tendrás que solicitar un nuevo visado en una U.S. Embassy o Consulate en el extranjero antes de regresar a Estados Unidos. En tercer lugar, los excesos de estancia te hacen inelegible para viajar en el futuro bajo el Visa Waiver Program. En cuarto lugar, exceder tu estancia mientras tienes pendiente una solicitud de ajuste de estatus (Form I-485) puede complicar tu caso. Existen algunas excepciones y exenciones limitadas para ciertas situaciones basadas en la familia, pero requieren solicitudes separadas y no están garantizadas. La opción más segura es salir antes de que expire tu estancia autorizada o solicitar puntualmente una extensión o cambio de estatus si eres elegible.

¿Puedo solicitar una Green Card mientras estoy en Estados Unidos con un visado temporal de trabajo?

Sí, en la mayoría de los casos puedes buscar una Green Card mientras estás en Estados Unidos con un visado temporal de trabajo, siempre que cumplas la doctrina de dual intent o que tu categoría de visado permita intención inmigratoria. Algunas categorías de visado (H-1B, L-1, O-1 y otras) se consideran visados de "dual intent", lo que permite expresamente a sus titulares buscar la residencia permanente mientras mantienen su estatus de no inmigrante. Para los titulares de H-1B, esta es una de las ventajas importantes de la categoría. Otras categorías de visado (como los visados de visitante B-1/B-2 y los visados de estudiante F-1) técnicamente requieren intención de no inmigrante, aunque la ley y la práctica permiten ciertas vías. La vía más común es el ajuste de estatus mediante el Form I-485, que permite a los solicitantes elegibles que ya están en Estados Unidos solicitar el estatus de LPR sin salir del país. Para ajustar el estatus, por lo general necesitas una petición de inmigrante aprobada (I-130 para familia, I-140 para empleo), un número de visado disponible de inmediato (según el Visa Bulletin mensual) y ser admisible en Estados Unidos. Mientras el I-485 está pendiente, puedes solicitar autorización de empleo (EAD mediante el Form I-765) y advance parole (Form I-131) para mantener la capacidad de trabajar y viajar durante la tramitación. Sin embargo, si necesitas viajar mientras el I-485 está pendiente, primero debes obtener el Advance Parole: salir sin él normalmente se considerará un abandono de tu solicitud de ajuste.

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